Signos distintivos

Marcas en España:

Una marca, usando la definición leal, es todo signo que sirve para diferenciar un producto o un servicio de un empresario, del de sus competidores.

Las marcas pueden ser denominativas, gráficas o mixtas (una combinación de las dos anteriores).

La tramitación del registro de una marca es la siguiente: cuando el cliente ha decidido el nombre con el que quiere distinguir sus productos o servicios, lo más conveniente es realizar una investigación a fin de conocer si dicha denominación puede entrar en conflicto con marcas ya preexistentes.

Por ello, es siempre muy recomendable efectuar una investigación previa sobre la denominación interesada para los productos o servicios, los cuales tienen que incluirse obligatoriamente en una o varias de las 45 clases de que consta actualmente el Nomenclátor Internacional de marcas. En el apartado Nomenclátor de nuestra Web puede ver la lista completa de clases.

La investigación se puede obtener en 2 o 3 días y con la misma, ya se consigue información precisa sobre los posibles problemas que puede encontrarse en su tramitación una marca.

Si el resultado de dicha investigación es favorable, se puede proceder a la solicitud de la marca, para lo que son necesarios los datos completos del solicitante, el logotipo (de ser una marca gráfica o mixta) así como una autorización debidamente firmada por el titular.

En el apartado Formularios encontrarán un archivo que pueden descargarse y que contiene el modelo de autorización individual. Asimismo, junto a él existe el llamado “poder general”, que permite su inscripción en la Oficina de Patentes y Marcas y para sucesivos casos no es necesaria una nueva autorización.

Una vez solicitada la marca, al cabo de unos días se obtiene y se envía el comprobante original de solicitud, que incluye el nº que siempre ostentará la solicitud de la marca.

Al cabo de aproximadamente 2 o 3 meses se publica en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial la solicitud y por Ley, se abre un periodo de dos meses para que terceros puedan formular oposiciones. Junto con la comunicación informando de dicho trámite recibirán otra relativa a la posibilidad de extender la protección de su marca en el extranjero, aprovechando el plazo de prioridad de su marca (seis meses desde la fecha de solicitud).

Transcurrido este plazo, la marca pasa al examen y revisión del Examinador, el cual, si no existen oposiciones y no encuentra objeciones de fondo (carácter genérico o geográfico,…) dará paso a la concesión de la marca, lo cual se produce normalmente a los 9 o 10 meses desde su solicitud.

Publicada la concesión se expedirá el correspondiente título oficial y la vigencia de la marca se extenderá por un periodo de diez años desde la solicitud de la misma.

Marcas en el extranjero

Existe la posibilidad de registrar una marca en países extranjeros, pudiendo utilizar para ello tres sistemas:

a) Marca comunitaria: si se desea la protección en países de la Unión Europea, es posible la solicitud de una marca comunitaria, con protección en los 27 países. Hay que tener en cuenta que se trata de una marca unitaria, es decir, es concedida para todos los países, por lo que si sufre oposición de una marca nacional, la marca comunitaria “se rompe”, aunque existe la posibilidad efectuar re-depósitos en cada país.

b) Marca Internacional: permite aprovechar los convenios del Arreglo de Madrid y el Protocolo, mediante la realización de una sola solicitud, pero que es examinada en cada país como una marca nacional. Supone un importante ahorro de costes frente a las solicitud individuales nacionales.

c) Marca nacional: se trata de depositar una marca en un país concreto que no está suscrito a ningún convenio. Se trata del caso de la mayoría de países centro y sudamericanos, así como de África y Asia.

Nombre comercial:

Además de la Marca, existe otra modalidad de signos distintivos, que es el nombre comercial, que se utiliza para distinguir las transacciones mercantiles de un negocio. Su tramitación y vigencia es idéntica a las de las marcas, por lo que a dicho apartado nos remitimos.